Aspectos claves de la formación bonificada a tener en cuenta por los responsables de formación

Cuando bonifiques una formación en tu empresa, considera las obligaciones que adquieres como empresa beneficiaria:

Art. 5 Punto 4 de la orden TAS/2307/2007. “Las empresas serán directamente responsables de los incumplimientos de las obligaciones mencionadas en los apartados anteriores, aun cuando los mismos se deban a la actuación de las entidades con las que contraten la impartición de la formación o de las entidades organizadoras de la formación en la agrupación de empresas prevista en el artículo 17 de la presente orden.”

Por tanto, interesa que la empresa que te bonifique la formación sea de probada solvencia y que gestiones el crédito de tu empresa de manera integral, considerando el cumplimiento de aspectos generales como los colectivos prioritarios, la cofinanciación o incluso el control de la documentación…

Advertisement

Acerca de formacionprofesional

Estrella Herranz Mancera es Licenciada en Psicología del Trabajo UCM, Master en Gestión y planificación de Recursos Humanos. Téc. Sup. P.R.L.
Esta entrada fue publicada en FTFE. Guarda el enlace permanente.

Deja un comentario

Please log in using one of these methods to post your comment:

Logo de WordPress.com

You are commenting using your WordPress.com account. Log Out / Cambiar )

Twitter picture

You are commenting using your Twitter account. Log Out / Cambiar )

Facebook photo

You are commenting using your Facebook account. Log Out / Cambiar )

Connecting to %s